Hacienda lanza un mensaje para muchos pensionistas: a partir de enero
La Agencia Tributaria sigue realizando reembolsos millonarios tras sentencias del Tribunal Supremo por errores
Hacienda continúa con la devolución de dinero a miles de mutualistas que, durante su vida laboral, cotizaron en exceso. Hasta ahora, se han abonado más de 1.091 millones de euros a este colectivo. Y se prevé que el total alcance los 1.700 millones de euros.
Este reembolso tiene su origen en dos sentencias del Tribunal Supremo. Las cuales que han reconocido que los trabajadores que aportaron a mutualidades entre 1967 y 1978 debieron tributar solo por el 75% de sus pensiones, en lugar del 100% que pagaron.
La base legal de estas sentencias se encuentra en una disposición transitoria de la Ley del Impuesto sobre la Renta. La cual permite reducir en un 25% las rentas derivadas de estas aportaciones.
¿Por qué Hacienda tiene que devolver el dinero?
El Tribunal Supremo determinó que las cotizaciones de los mutualistas entre 1967 y 1978 fueron gravadas de manera indebida. Ya que se debería haber aplicado una reducción del 25% en la base imponible de las pensiones percibidas.
Esta decisión obliga a Hacienda a rectificar las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de los afectados, devolviendo el dinero ingresado de más.
Para cumplir con la sentencia, la Agencia Tributaria dispone de un plazo de seis meses a partir de la finalización de la campaña del IRPF. Como esta concluyó el 1 de julio, el límite para realizar los reembolsos se sitúa en el 31 de diciembre. Sin embargo, si Hacienda no cumple con este plazo, deberá pagar intereses de demora a los pensionistas afectados, compensando así la tardanza en la devolución.
El cálculo de los intereses: ¿Cuánto deben pagar?
Por lo tanto, si Hacienda no realiza la devolución antes de enero de 2025, el jubilado afectado tiene derecho a recibir intereses de demora. Estos se calculan desde el día en que se realizó el ingreso indebido, y el porcentaje aplicable para 2024 es del 4,0625% anual.
Sin embargo, es importante señalar que este interés se ajustará en función del tiempo real de retraso. Es decir, si Hacienda realiza la devolución antes de que transcurra un año completo, el interés se aplicará de manera proporcional a los días de retraso.
Para calcular el interés de demora que pagará Hacienda, se multiplica la cantidad adeudada por el número de días de retraso y luego se divide por 365. Finalmente se multiplica el resultado por el tipo de interés anual. Este mecanismo asegura que los solicitantes no se vean perjudicados por la tardanza en el pago de lo que les corresponde.
¿Cómo cobrar los intereses de demora?
Las personas que se vean afectadas deberán presentar un escrito de solicitud para la devolución de la autoliquidación del ejercicio fiscal de 2023. En la solicitud, se debe especificar que se reclama el pago de los intereses de demora correspondientes.
Hacienda establece que estos intereses aplican si se trata de la devolución de lo ingresado en la declaración del IRPF. También si se refiere a retenciones u otros pagos a cuenta. Siempre y cuando hayan pasado más de seis meses desde la presentación de la solicitud de rectificación.
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