La sorpresa que se llevan los pensionistas al vender su casa: Hacienda no perdona
Si eres mayor de 65 años y planeas vender tu casa, Hacienda te da algunas ventajas fiscales
Los jubilados que poseen una vivienda tienen, en muchos casos, ciertos beneficios fiscales al vender su propiedad. Pero estos beneficios no aplican en todas las situaciones.
Conocer los detalles es fundamental para evitar sorpresas en la declaración de la Renta, especialmente si el objetivo es reducir la carga fiscal. Aquí analizamos los casos en que la exención de impuestos es posible y las situaciones que Hacienda no contempla para mayores de 65 años.
Exención de impuestos para la venta de la vivienda principal
Para los jubilados mayores de 65 años, vender su vivienda principal puede ser una ventaja fiscal significativa. Hacienda permite que estas personas queden exentas de pagar impuestos por las ganancias que obtengan en la venta de su residencia habitual. En otras palabras, no tendrán que declarar las ganancias patrimoniales de esta operación en su Renta, lo cual representa un gran ahorro en muchos casos.
Sin embargo, la clave aquí es que esta propiedad debe ser la vivienda principal, es decir, aquella en la que han residido de forma permanente. Si se trata de una segunda vivienda, esta exención no aplica. Las segundas residencias se consideran más como inversiones, y por ello, están sujetas a la normativa fiscal general, sin importar la edad del propietario.
Casos en los que la exención no aplica para jubilados
Aunque la venta de la vivienda principal puede estar exenta de impuestos, no siempre se cumple esta condición en todas las situaciones. Existen excepciones en las que Hacienda puede exigir el pago de impuestos. Por ejemplo, si la vivienda se encuentra en usufructo compartido con un hijo o hija, la exención pierde validez.
Esto ocurre cuando los hijos han heredado la vivienda y los padres mantienen el usufructo. Es decir, el derecho de uso y disfrute de la propiedad.
En estos casos, Hacienda entiende que la ganancia patrimonial generada debe ser declarada, pues no se trata de una vivienda única en propiedad total. Los jubilados deben tener en cuenta esta situación para no enfrentar sorpresas al realizar la declaración.
Renta vitalicia: una alternativa de exención para jubilados
Además de la exención por la venta de la vivienda principal, Hacienda ofrece una opción de exención fiscal. ¿Cuándo? En caso de que el dinero obtenido por la venta se destine a crear una renta vitalicia. Esta alternativa está pensada para personas mayores de 65 años que desean asegurar ingresos estables a lo largo de su jubilación.
La renta vitalicia permite a los jubilados no pagar impuestos si el dinero de la venta se invierte en este tipo de renta. Siempre y cuando la cantidad no supere los 240.000 euros.
Este límite es importante, ya que cualquier cantidad superior deberá ser declarada en el IRPF. Así, los jubilados con una pensión baja o sin ingresos estables pueden encontrar en esta opción una medida para reducir sus gastos fiscales y asegurar su estabilidad económica.
Con esta información, los jubilados pueden planificar la venta de sus propiedades con una visión más clara de sus obligaciones fiscales. Y, en muchos casos, reducir su carga tributaria de manera efectiva.
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