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Dos personas frente a un edificio con la palabra "Justicia" en la fachada.
ECONOMÍA

Josep Santacana lucha para evitar la cárcel en el caso Banco Luxemburgo

Justicia decide futuro de empresario tras apelación de sentencia de prisión y pago parcial de deuda.

A pesar de que el Juzgado de lo Penal número 25 de Barcelona ya dictó sentencia sobre el juicio de la extenista Arantxa Sánchez Vicario y su exmarido, Josep Satacana, el proceso sigue en los juzgados. Como ya informamos desde elcierredigital.com, Santacana, a través de su abogado Juan Segarra,  recurrió la sentencia y el pasado viernes los magistrados de la Audiencia Provincial de Barcelona comenzaron a deliberar al respecto.

La sentencia, que se dio a conocer en enero de este año, condenaba a la extenista a dos años de prisión y dos millones de euros de pago restante de la deuda tras haber alcanzado un pacto con la Fiscalía, como ya adelantamos desde elcierredigital.com. Sin embargo, Josep Santacana fue condenado a tres años y tres meses de prisión, al pago de la mitad de la deuda y una multa de 12 euros diarios durante 21 meses.

El letrado Juan Segarra presentó un recurso ante esta condena al considerar que la deuda pertenecía a Sánchez Vicario —que ahora solo tendría que pagar la mitad— y no a Santacana y pedía la absolución del empresario, que se revisara el atenuante de que él no habría cometido el delito y que se repitiera el juicio. Esta última petición le fue denegada, según informa Vanitatis.

El citado medio afirma que no hay un tiempo concreto para que resuelvan el recurso —puede ir de unos días a unos meses— y que, de obtener una negativa, a Santacana todavía le quedaría recurso ante el Tribunal Supremo y ante el Constitucional.

Una sentencia “extremadamente injusta”

Según explicaba Segarra en una conversación con elcierredigital.com después de que la sentencia fuera dada a conocer, les parece “una sentencia extremadamente injusta porque no existe una prueba para dictar esta sentencia”.

Según el letrado,  “no existe suficiente prueba para condenar a Josep Santacana”. La prueba que habría sido usada en la sentencia corresponde a “las declaraciones de otros coacusados que se han puesto de acuerdo con las acusaciones para construir una declaración incriminatoria respecto a Josep Santacana”, sostenía Segarra.

“Mediante esta declaración  los coacusados han conseguido un beneficio tanto a nivel de pena como a nivel económico. Arantxa ha visto reducida su pena de los cuatro años que le pedían a dos y ha pasado de ser deudora única y exclusiva de la totalidad de la deuda con el banco de Luxemburgo a ser deudora únicamente del 50 por ciento. Al señor Hermosilla, sorprendentemente, resulta que las acusaciones no le piden ningún tipo de responsabilidad civil, por lo que obtiene un beneficio económico importante. Y al tercero de los acusados le retiraron la acusación y lo han absuelto”, relataba el abogado a elcierredigital.com.

Una pareja sonriendo frente a la cámara.
Arantxa Sánchez Vicario y Josep Santacana antes de su separación. | El Cierre Digital

Esto, según expresaba, “son circunstancias que restan credibilidad a todas estas declaraciones, que son la única prueba”. “Entendemos que hay muchísima documental que contradice estas declaraciones y nos parece injustificado que quien comete el delito, que es Arantxa, tenga una pena inferior a quien, según la sentencia, habría ayudado a cometer ese delito”.

Sobre este asunto, afirmaba también que la “argumentación” de la sentencia “es algo contradictoria”. “En los hechos probados se dice que Arantxa fue la que llevó a cabo las operaciones siguiendo las instrucciones de Santacana. Y luego, en otros pasajes de la sentencia, dicen que fue Santacana quien ideó y llevó a cabo todas las operaciones”, explicaba el letrado, y añadía que “en el fondo, lo que quiere decir la sentencia es que fue Santacana quien ideó y ejecutó todo”.

“Esto casa mal con el hecho de que Santacana no puede ser el autor, porque Santacana no era el deudor. Y, por tanto, si fue él quien lo ideó y lo ejecutó todo, ¿qué hizo la autora, que fue Arantxa Sánchez Vicario?”, se preguntaba Segarra.

Otro punto a destacar de la sentencia, según el letrado, es que el escrito “omite” que “Josep Santacana tenía unas capitulaciones prematrimoniales y posmatrimoniales que decían que el señor Santacana no podría beneficiarse de todo el patrimonio de Arantxa, que no tenía acceso y que en caso de separación nunca se beneficiaría de este patrimonio”.

La vivienda en Andorra con la que comenzó todo

Arantxa Sánchez Vicario y Josep Santacana se casaron en septiembre del año 2008, a pesar de que la familia de la tenista se opuso al enlace. Vicario lo ignoró todo y decidió comenzar una nueva vida con el hombre del que se había enamorado.

Un año más tarde, en el 2009, el Tribunal Supremo confirmaba la sentencia de la Audiencia Nacional por la que la tenista tenía que hacer frente a una multa de 3,5 millones más intereses por evasión fiscal. La cantidad final ascendió a 5,2 millones sumando multa e intereses.

Pareja sonriente en su boda, con la novia en un vestido de encaje y el novio en un traje elegante.
Arantxa Sánchez Vicario y Josep Santacana el día de su boda. | El Cierre Digital

Según el medio Confilegal, el origen de que la Agencia Tributaria observara una posible  irregularidad en los pagos de la tenista se encontraba en un reportaje de la revista ¡Hola!, en el que Arantxa Sánchez Vicario enseñaba su residencia en Andorra, donde vivía cuando no competía. El reportaje databa del año 1996.

Por aquel entonces, y según explica el diario, “la presión fiscal era del 25 por ciento[en Andorra], menos de la mitad del 56 por ciento que le hubiera correspondido pagar en España”. Sin embargo, y como hemos informado en diversas ocasiones en elcierredigital.com con relación a las residencias fiscales de la familia real en el extranjero —como la del rey Emérito en Abu Dabi—, para poder pagar sus impuestos en Andorra, Arantxa Sánchez Vicario tenía que haber pasado en España menos de 183 días al año. Sin embargo, no cumplía este requisito y Hacienda le reclamó el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de los años correspondientes, esto es, de 1980 a 1993. Previo a su matrimonio con Santacana. El empresario y la tenista, de hecho, se conocieron en el año 2007, dos antes de la boda.

Hacienda reclamó a la tenista y, al no recibir el dinero, llevó el caso a la justicia. Tras la confirmación de la sentencia por parte del Tribunal Supremo, la Agencia Tributaria pudo finalmente cobrar. Lo hizo a través de un aval del Banco de Sabadell y esta entidad financiera, a su vez, recuperó su dinero gracias a un contraaval suscrito con el Banco de Luxemburgo, donde Arantxa mantuvo durante muchos años parte de su fortuna, cuando sus intereses los gestionaba International Management Group (IMG), radicado en Beverly Hills, en Los Ángeles.

No hay que olvidar que las tres empresas principales de Arantxa, las sociedades anónimas Sant C 412, Sant J 411 y Port G 410, tenían como accionistas principales dos sociedades extranjeras, situadas en Uruguay y en las Islas Marshall, al norte de Nueva Guinea. Estas sociedades eran ACE Enterprises Limited y EAST LIGHT Limited, controladas por el que era su apoderado y padre,  Emilio Sánchez.

Las cuentas vacías en el Banco de Luxemburgo

En abril de 2010 el Banco de Luxemburgo cumplió con la garantía bancaria y al mes siguiente reclamó el aval a la tenista. Esta tenía en la entidad bancaria unos 16 millones de euros que “desaparecieron” cuando el banco intentó obtener la cantidad abonada a través de sus cuentas. Estaban vacías, así que tuvieron que reclamarle a Vicario.

Lo intentaron varias veces. Enviaron un burofax en julio de ese año y representantes de la entidad se reunieron con Arantxa y Santacana, acompañados de sus asesores. La respuesta de Arantxa fue que  ni conocía su patrimonio ni podía disponer de él y así solicitó más tiempo para poder recabar información y ofrecerle una respuesta al banco.

Mujer de cabello rubio y suelto, con una expresión seria, usando una camiseta negra y un collar con un colgante en forma de cruz.
Arantxa Sánchez Vicario. | El Cierre Digital

Algo que parece ser contradictorio ya que, en noviembre de 2009, casada con Santacana, la tenista revocó ante notario los poderes que ostentaba su padre y su administrador, Ferrando Lacasa. Sin embargo, siete años después de aquella reunión, en noviembre de 2017, la pareja volvió a señalar que el fallecido Emilio Sánchez continuó manejando el patrimonio de su hija y dirigió su proceso de descapitalización vendiendo todo para pagar deudas.

Según la documentación presentada por el banco luxemburgués, las disposiciones patrimoniales fraudulentas de las sociedades con las que la tenista administraba su patrimonio (cifrado entre 30 y 45 millones) fueron decisión y responsabilidad única de ella y Santacana. De hecho, el padre no hubiese podido comprar ni vender sin poder notarial para ello, ya que en esas fechas Arantxa ya pleiteaba contra sus progenitores, a los que interpuso dos demandas y una querella.

A pesar de que la pareja en su día —antes de iniciar el proceso de separación todavía pendiente de resolverse— intentó acusar a la familia de la tenista, Arantxa Sánchez Vicario dio la vuelta a la tortilla y dirigió la culpabilidad a Josep Santacana, su exmarido.

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