La multa de hasta 6.000 euros que te puede imponer Hacienda por un error muy común
Asegúrate de conservar todos los documentos de tu declaración de la renta para no tener problemas con Hacienda
¿Sabías que Hacienda podría estar buscándote? Y no es una broma. Puede que estés acumulando multas sin saberlo, simplemente por no guardar un papel. Sí, así de sencillo.
¿Qué papel? Pues nada más y nada menos que toda la documentación de tu declaración de la renta. La ley establece que debemos conservar estos papeles durante cuatro años. ¿Por qué? Porque Hacienda tiene derecho a revisarlos durante ese periodo, y si no los tienes, ¡te puede multar!
La Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) puede imponer sanciones significativas a aquellos contribuyentes que no mantengan estos registros durante el período establecido. Conocer estos requisitos y plazos puede ayudar a evitar multas que pueden llegar hasta los 6.000 euros.
¿Cuándo comienza el plazo de conservación?
El artículo 66 de la Ley General Tributaria exige conservar durante al menos cuatro años los documentos de la declaración del IRPF. Este plazo comienza a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo reglamentario para presentar la declaración o autoliquidación correspondiente.
Por ejemplo, si una persona presentó su declaración del ejercicio 2023, debería mantener todos los documentos relacionados hasta el 2027. Es importante tener en cuenta que este plazo puede variar en función de diversas circunstancias, como el inicio de procedimientos de comprobación o inspección.
El artículo 66 establece diferentes momentos a partir de los cuales se comienza a contar el plazo de conservación:
- Desde el día siguiente al final del plazo reglamentario para presentar la declaración. Este es el momento habitual para el inicio del conteo del plazo de cuatro años.
- Desde el día siguiente al final del plazo de pago. Si se realiza un pago fuera del plazo establecido, el conteo del plazo para conservar documentos puede comenzar desde este momento.
- Desde el día siguiente al final del plazo para devoluciones. El plazo de conservación puede comenzar desde este momento si se reconoce el derecho a una devolución.
Documentos a conservar
Es esencial conservar los siguientes documentos relacionados con la declaración de la renta:
- La declaración presentada: Es importante guardar una copia, ya sea en formato digital o en papel.
- Certificados de retenciones de IRPF: Estos certificados, proporcionados por los pagadores, son esenciales para justificar los ingresos y las retenciones.
- Justificantes de aportaciones a planes de pensiones: Documentos que demuestran las aportaciones realizadas y que pueden afectar el cálculo de la base imponible.
- Recibos de donaciones: Si se han realizado donaciones deducibles, los justificantes correspondientes deben ser guardados.
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Consecuencias de no conservar los documentos
No guardar la documentación necesaria puede derivar en sanciones económicas significativas. La AEAT puede imponer multas que van desde los 150 hasta los 6.000 euros si el contribuyente no puede proporcionar la información solicitada durante un proceso de comprobación.
Cuando la AEAT inicia un proceso de comprobación o requerimiento, se le pide al contribuyente que presente la documentación pertinente. Si el contribuyente no responde adecuadamente o no proporciona los documentos solicitados, se enfrenta a posibles sanciones. Sin embargo, es importante señalar que Hacienda tiene en cuenta ciertas excepciones y circunstancias que pueden afectar el plazo de conservación.
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