Jarro de agua fría de Hacienda para quien pensaba en comprar una vivienda en 2025
Un giro judicial que favorece a la Administración y preocupa a los contribuyentes, Hacienda informa sobre esto
El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que refuerza la posición de Hacienda en la comprobación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). A partir de ahora, la Agencia Tributaria podrá utilizar el valor de tasación hipotecaria como referencia para calcular este impuesto. Esto sin necesidad de realizar comprobaciones individualizadas sobre el estado real del inmueble.
La decisión supone un revés para compradores de viviendas, herederos y donatarios. Esta elimina la obligación de Hacienda de justificar si el valor de tasación hipotecaria refleja realmente el valor de mercado del inmueble. Este valor, fijado pensando en una futura subasta en caso de impago de la hipoteca, puede diferir considerablemente del precio real de compra o del estado actual de la propiedad.
Hacienda calcula así el ITP
La Ley General Tributaria, en su artículo 57, establece varios métodos para comprobar si el contribuyente ha pagado el ITP o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD) de forma correcta. Uno de estos métodos es precisamente la tasación hipotecaria.
Hasta ahora, se entendía que Hacienda debía justificar por qué este valor era adecuado para determinar el impuesto. Sin embargo, el Supremo ha declarado que no es necesaria esta justificación. Otorga así un carácter privilegiado a este método sobre otros, como el dictamen de peritos o los precios medios de mercado.
En la práctica, esto significa que si un contribuyente compra una casa o un piso, Hacienda podrá usar directamente el valor que se le ha dado al tasarlo para calcular el ITP. Incluso si la vivienda necesita una reforma integral o su estado no se corresponde con el valor tasado.
El impacto en los contribuyentes
José María Salcedo, socio director de Salcedo Tax Litigation, ha advertido sobre las implicaciones de esta decisión. Según el experto, esta decisión deja en desventaja al contribuyente frente a Hacienda. Ya que ahora tendrá que demostrar por su cuenta, mediante informes periciales, que el valor de tasación hipotecaria no refleja el valor real del inmueble.
Además, Salcedo señala que existen miles de procedimientos fiscales suspendidos a la espera de esta sentencia. Con la decisión del Supremo ya publicada, es probable que la mayoría de estos recursos sean desestimados, salvo en casos excepcionales donde el contribuyente pueda aportar pruebas sólidas.
Diferencias entre métodos de comprobación fiscal de Hacienda
Otra cuestión relevante es que el Tribunal Supremo ha establecido diferencias claras entre los métodos de valoración. El valor de tasación hipotecaria no requiere justificación adicional por parte de Hacienda. Pero otros métodos, como los precios medios de mercado o el dictamen de peritos, sí necesitan ser motivados y justificados.
El alto tribunal ha concluido que la Administración no está obligada a justificar la apertura de un procedimiento de comprobación. Esto si existe una diferencia significativa entre el valor declarado por el contribuyente y el valor de tasación hipotecaria reflejado en la escritura de préstamo.
Un escenario más complejo para los compradores frente a Hacienda
Esta sentencia introduce un nuevo escenario en el ámbito fiscal inmobiliario, donde los contribuyentes quedan en una posición más vulnerable frente a Hacienda. El objetivo es incrementar la eficiencia recaudatoria. Aunque la falta de individualización en la valoración puede llevar a situaciones injustas para quienes adquieren inmuebles en condiciones particulares.
Los expertos recomiendan a los compradores estar atentos a los valores de tasación hipotecaria reflejados en sus escrituras. Y, si es necesario, asesorarse con profesionales especializados para evitar sorpresas en futuras comprobaciones fiscales.
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