Hacienda impulsa un nuevo impuesto a la Banca: así cambiarán las reglas del juego
El sector financiero se enfrenta a una nueva propuesta impositiva que modifica el gravamen temporal a entidades
Después de meses de expectativas en el sector financiero, Hacienda ha presentado su propuesta para convertir el gravamen temporal que actualmente se aplica a la banca en un nuevo impuesto. Esta medida está registrada como enmienda en el Congreso.
Se enmarca en un paquete de reformas fiscales que también incluye una tributación mínima del 15% para las multinacionales. Hacienda, además, ha solicitado que el trámite de aprobación sea expedito, con la intención de que se concrete en las próximas semanas.
Un nuevo modelo impositivo
A diferencia del gravamen actual, el nuevo impuesto de Hacienda será de naturaleza tributaria, no una prestación patrimonial pública. Esto implica que las entidades financieras no podrán recurrir al sistema de deducciones no deseadas.
Esta novedad afectará directamente al margen de intereses y comisiones que generan las entidades financieras en España. Excluyendo aquellos ingresos provenientes de sucursales en el extranjero.
Este cambio en la modalidad de recaudación podría tener un impacto en la forma en que los bancos gestionan sus ingresos. Así como en sus obligaciones fiscales.
Detalles del nuevo impuesto de Hacienda a la Banca
El modelo propuesto por Hacienda tendrá una duración inicial de tres años y funcionará con un esquema de tramos impositivos. La base liquidable se calculará restando 100 millones de euros a la base imponible. La cual incluye el margen de intereses y las comisiones generadas en España.
A esta base se le aplicarán distintas tasas: desde un 1% para los primeros 750 millones de euros, subiendo hasta un 6% para bases que superen los 1.500 millones de euros. Estos tramos representan una diferencia clave respecto al gravamen actual. El cual aplicaba un 4,8% de forma uniforme sobre el margen de intereses y comisiones.
Para calcular la cuota líquida, las entidades financieras podrán deducir el 25% de la cuota líquida correspondiente al Impuesto sobre Sociedades del mismo período impositivo. Además, el impuesto contempla una deducción extraordinaria si la rentabilidad sobre el activo total de la entidad está por debajo del 0,7%.
Este índice de rentabilidad se calculará en función del resultado contable del período, excluyendo el gasto asociado a este nuevo impuesto. Y se dividirá por el activo total de la entidad.
Riesgo de doble imposición y posibles impugnaciones judiciales
Al pasar de ser un gravamen a un impuesto de Hacienda, el nuevo modelo enfrenta el riesgo de incurrir en doble imposición. Un principio que establece que un mismo hecho imponible no puede ser gravado dos veces.
Los gravámenes actuales no estaban sujetos a este problema. Ya que su carácter no tributario les otorgaba cierta inmunidad frente a impugnaciones judiciales.
Con el nuevo impuesto, esta protección podría desaparecer. Aumentando las posibilidades de recursos legales por parte de las entidades financieras.
Además, la medida tiene como objetivo integrarse dentro del sistema tributario estatal. Lo que permitiría su concertación con las haciendas forales.
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