Dos ayudas que puedes cobrar en 2024 si tienes más de 45 años y no encuentras trabajo
Los que tienen más de 45 años y han perdido su empleo pueden optar a alguna de estas ayudas económicas
Las personas de mayor edad suelen enfrentar grandes dificultades para reincorporarse al mercado laboral una vez que pierden su empleo. Conscientes de esta situación, el Gobierno ofrece ayudas especiales a estos colectivos, como el subsidio para mayores de 52 años.
Sin embargo, aquellos que tienen menos de 52 años y se encuentran en una situación similar también pueden acceder a otras ayudas que les proporcionan un alivio significativo.
Para las personas mayores de 45 años, existen dos tipos de ayudas que pueden resultar especialmente útiles. Son especiales para aquellos que han perdido su trabajo y carecen de los ingresos necesarios para subsistir económicamente.
Subsidio por desempleo
Para mayores de 45 años con cargas familiares
Este subsidio tiene una duración inicial de 6 meses, pero se puede prorrogar cada seis meses bajo ciertas circunstancias:
1. Si has agotado una prestación contributiva de 4 meses: recibirás 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un total de 24 meses.
2. Si la prestación contributiva fue de 6 meses: el subsidio se puede prorrogar cada semestre, hasta llegar a un máximo de 30 meses.
Para mayores de 45 años sin cargas familiares
Para aquellos que no tienen cargas familiares, el subsidio por desempleo tiene una duración máxima de 6 meses, sin posibilidad de prórroga. En estos casos, es posible solicitar otras ayudas, como la Renta Activa de Inserción (RAI), por ejemplo.
Renta Activa de Inserción (RAI)
Una vez finalizado el subsidio por desempleo, se puede solicitar la RAI. Es una ayuda ofrecida por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que se puede recibir durante un máximo de 11 meses consecutivos. Adicionalmente, las personas que sean víctimas de violencia de género o doméstica pueden obtener una ayuda suplementaria de 3 mensualidades de la RAI.
Para acceder a la Renta Activa de Inserción (RAI), es necesario estar desempleado e inscrito como demandante de empleo. También ser menor de 65 años y no tener derecho a la prestación contributiva por desempleo o al subsidio por desempleo.
Los ingresos propios no deben superar el 75% del salario mínimo interprofesional, y los ingresos de la unidad familiar, divididos por el número de miembros, tampoco deben superar este límite. Es fundamental haber realizado y acreditar una búsqueda activa de empleo.
Estas ayudas están diseñadas para proporcionar un soporte económico a aquellos que enfrentan mayores obstáculos en el mercado laboral debido a su edad. Así, el Gobierno busca asegurar que todos los ciudadanos, independientemente de su edad, tengan acceso a los recursos necesarios para mantenerse mientras buscan nuevas oportunidades laborales.
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