La Princesa Leonor gozará según la Ley Militar de 'un régimen propio y diferenciado'
El artículo 2 de la Ley de la Carrera Militar regula su educación castrense pero habla del Príncipe de Asturias
La princesa Leonor está siguiendo todos los pasos que la llevarán a convertirse, en un futuro, en reina de España. Uno de los primeros, y al igual que hizo su padre, el rey Felipe VI, es recibir la formación militar correspondiente. Según ha anunciado la ministra de Defensa, Margarita Robles, esta se iniciará en septiembre en la Academia General Militar del Ejército de Tierra, en Zaragoza.
Como futura heredera, Leonor tendrá que recibir formación en los tres Ejércitos (Tierra, Mar y Aire). Pasará un curso en cada uno de ellos, lo que supondrá un total de tres años. El motivo por el que se entiende que la princesa Leonor tiene que recibir esta formación militar viene dado por el artículo 62 apartado h) de la Constitución Española, donde se dice que al rey le “corresponde el mando supremo de las Fuerzas Armadas”.
A pesar de que Leonor no será rey, sino reina, será el papel de Felipe VI el que desempeñará como heredera, no el de reina consorte. Sin embargo, tanto en la Ley de Carrera Militar —que es la que rige la formación militar de Leonor— como en la Constitución todavía no se han modificado los artículos pertinentes.
El artículo 2 de la Ley de Carrera Militar
Además del ya citado artículo 62 apartado h) de la Constitución Española en el que se alude expresamente al rey como mando supremo de las Fuerzas Armadas, el papel de Leonor en el Ejército viene determinado por la también citada Ley de Carrera Militar, concretamente en el artículo 2, titulado “empleos militares del Rey y Príncipe de Asturias”.
En su primer punto, establece que “el Rey tiene el empleo militar de capitán general del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, máximo rango militar que le corresponde en exclusiva como mando supremo de las Fuerzas Armadas”. Este punto explica que la princesa necesite formación en los tres ejércitos antes de que sea coronada.
El segundo punto establece, además, que “el Príncipe de Asturias podrá desarrollar la carrera militar y tener los empleos militares que, mediante real decreto, determine el Gobierno, que queda facultado para establecer un régimen propio y diferenciado teniendo en cuenta las exigencias de su alta representación y su condición de heredero de la Corona de España”.
La Ley de Carrera Militar fue publicada en el BOE del 20 de noviembre de 2007, dos años después del nacimiento de la Princesa Leonor —el 31 de octubre de 2005—, y pese a que se está teniendo en cuenta para la formación militar de la futura reina, no ha sido modificada para el caso de que la heredera y princesa de Asturias sea una mujer.
El artículo 57 de la Constitución y la sucesión de los varones
Otro texto que tampoco ha sido modificado teniendo en cuenta que Leonor es la heredera de la Corona de España es el artículo 57 de la Constitución Española. Del año 1978, es la Constitución de los países de la Unión Europea a la que menos reformas se ha sometido. Solo dos.
La primera reforma de la Constitución tuvo lugar en el año 1992, en la que se añadieron las palabras “y pasivo” en el artículo 13.2 para poder firmar el tratado de Maastricht. La segunda, del año 2011, modificó el artículo 135 para que se diese prioridad al pago de deuda pública en los presupuestos generales del Estado.
Desde que se supo que las descendientes del rey de España eran mujeres y que, por tanto, su sucesora tendría el título de reina de España, se ha comentado en diversas ocasiones la posibilidad de modificar el artículo 57 de la Constitución Española, en el que sigue vigente para la sucesión del trono la prevalencia del hombre frente a la mujer.
“La Corona de España es hereditaria en los sucesores del S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos”, queda expuesto en el texto.
Tampoco se hace en el artículo referencia a la princesa heredera, sino que se menciona en todo momento “Príncipe heredero” y “Príncipe de Asturias”. A pesar de que la princesa Leonor ya es tratada como tal, la ley y la Constitución todavía no plasman esta realidad.
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